Sonora prohíbe y penaliza terapias de conversión
Hermosillo, Sonora. - La prohibición a todo tipo de esfuerzos para corregir la orientación sexual o identidad de género (ECOSIG) quedó establecida en las legislaciones penal y de salud de Sonora.
El pleno del Congreso local aprobó por votación mayoritaria reformas al Código Penal y la Ley de Salud del Estado en ese sentido en las que se considera que esas prácticas han originado la violación de los derechos de personas integrantes de la comunidad LGBTTTI.
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos estudió la iniciativa presentada el 2 de julio pasado por la diputada de Movimiento Ciudadano, Rosa Elena Trujillo Llanes.
“Es necesario que el Poder Legislativo actualice el marco legal para prevenir, investigar y, por consiguiente, castigar toda aquella conducta que cause discriminación a quienes integran un grupo vulnerable de la sociedad, como es la comunidad LGBTTTI”, establece uno de los considerandos del decreto.
ECOSIG se le denomina al Esfuerzo para Corregir la Orientación Sexual o Identidad de Género de las personas, cuya penalidad en el Código Penal será de dos a seis años de prisión y de 150 a 300 días de trabajo a favor de la población.
Asimismo, se impondrá multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y quedará obligada a la reparación del daño a la víctima u ofendido.
En la Ley de Salud para el Estado de Sonora se estableció la suspensión del ejercicio profesional de uno a tres años a las personas profesionistas, profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y, en general, a toda persona relacionada con las prácticas médicas y de salud que instigue, promueva, permita, consienta, coaccione, someta, realice, imparta, aplique, obligue o financie tratamientos, con o sin fines de lucro a terapias de conversión.
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